Estimadas familias:
Tal y como se recoge en la Resolución de 12 de septiembre de 2012 de
la Dirección General de Participación y Equidad sobre el calendario de
elecciones al Consejo Escolar, el día 13 de noviembre se señala como el día de la elección de los padres y madres,
en horario continuado desde las 15 a las 20 horas.
Los alumnos llevarán a casa, junto con esta carta, las papeletas de
voto que servirán para la votación presencial de los padres y/o
también para la votación no presencial que, en caso de no poder
asistir, se podrá realizar teniendo en cuenta lo recogido en el artículo
11 de la Orden de 7 de octubre de 2010. Esta Orden indica que las
madres, los padres y los representantes legales del alumnado podrán
participar en la votación enviando su voto a la correspondiente Mesa
electoral del centro por correo certificado o entregándolo a la persona
titular de la Dirección del mismo antes de la realización del
escrutinio.
A tal efecto, la Junta Electoral de cada centro informará
oportunamente a los mismos; para ello les remitirá la papeleta de voto y
las instrucciones correspondientes, que incluirán el número máximo de
personas candidatas que pueden ser votadas.
Para garantizar el secreto del voto, la identidad de la persona
votante y evitar posibles duplicidades se utilizará el sistema de doble
sobre. El sobre exterior se dirigirá por correo certificado a la Mesa
electoral de madres, padres y representantes legales del alumnado, o
bien, se entregará durante los cinco días hábiles anteriores al de la
votación a la persona titular de la Dirección del centro, que lo
custodiará hasta su entrega a dicha Mesa electoral. El sobre contendrá
firma manuscrita y coincidente con la que aparece en el documento de
identificación que aporte, fotocopia del DNI o de otro documento
acreditativo equivalente; y un segundo sobre en blanco y cerrado, en
cuyo interior se habrá incluido la papeleta de voto.
En el caso de que el sobre al que se refiere el párrafo anterior sea
entregado a la persona titular de la Dirección del centro, esta expedirá
un documento con un recibí como justificante de la entrega y elaborará
una relación detallada con el nombre y apellidos de las personas
votantes que será entregada a la Mesa electoral, junto con todos los
sobres antes del escrutinio.
La Mesa electoral comprobará que las personas votantes que utilicen
la modalidad de voto no presencial están incluidos en el censo
electoral. Los votos recibidos después de finalizar el escrutinio no
serán tenidos en cuenta.
Lo que como Presidente de la Junta Electoral comunico a los efectos oportunos.
LA DIRECCIÓN